La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó unánimemente la llamada “Ley Benicio”, que habilita un Registro de Defunciones Fetales. Según la norma, madres, padres o incluso abuelos podrán inscribir con nombre y apellido a fetos fallecidos, sin importar la edad gestacional, un gesto que sus promotores califican de “profundo sentido humanitario”.
La iniciativa, impulsada por Pablo Villegas, desató una inmediata reacción crítica por parte de organizaciones feministas y especialistas en derechos reproductivos. Advierten que se aprobó sin perspectiva de género, sin consulta a la Mesa del Parto Respetado y podría entrar en conflicto con la Ley Nacional 27.610 sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
Un punto particularmente polémico es permitir a ascendientes registrar la defunción fetal sin el consentimiento expreso de la mujer gestante. Betania Longhi afirmó que “la autonomía y el consentimiento son ejes centrales de nuestra legislación vigente” y que esta norma podría vulnerar derechos reproductivos.
Otra crítica fundamental sostiene que asignar nombre y apellido a un feto no nacido contradice el artículo 21 del Código Civil y Comercial, que establece que una persona humana debe nacer con vida. También podría entorpecer la aplicación efectiva de las normativas que reglamentan el aborto legal.
Ahora, las organizaciones feministas pidieron al gobernador Gustavo Melella que aplique un veto parcial para adecuar la ley a la normativa nacional y garantizar los derechos de las personas gestantes. El Poder Ejecutivo deberá decidir si promulga la ley, la devuelve a la Legislatura o ajusta sus términos.